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Ante los justos reclamos de discusión salarial del sector público provincial, el Estado cuenta con una herramienta sancionada por la Cámara de Representantes, tal es la Ley Nº I – 133 del 25/11/2004 que creó el Consejo Provincial del Salario Mínimo Vital Móvil Estatal que debiera funcionar en el área de la Secretaría de Estado General y de Coordinación de Gabinete a quien se le asignó la función específica de determinarlo periódicamente así como la de formular recomendaciones respecto a la política salarial de la administración pública.

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